Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2014
Fecha: 07-Jul-2014
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 44.2 del CPCo, en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 057/2013 de 29 de agosto, cursante de fs. 17 a 22, pronunciada por el Juez Sexto de Sentencia en lo Penal del departamento de La Paz; y, en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada, ordenando que la autoridad demandada señale audiencia de solicitud de cesación a la detención preventiva, en el plazo de tres días; y DENEGAR en cuanto a levantar las medidas impuestas por el Juez cautelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 'Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad' .
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. El derecho constitucional a una justicia oportuna, pronta y sin dilaciones y el deber de celeridad y eficacia en la tramitación de la solicitud de modificación de medidas cautelares
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo