SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2014

Fecha: 07-Jul-2014

Fragmento 12

         En materia de justicia criminal, el derecho al plazo razonable o a ser juzgado sin dilaciones indebidas cobra mayor relevancia, pues forma parte del bloque de constitucionalidad, al encontrarse expresamente previsto en el art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) que expresa: “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable…”. Asimismo, el art. 14.3.c del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) dispone: “Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas: c) A ser juzgado sin dilaciones indebidas”.