SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2014
Fecha: 07-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración del derecho al debido proceso en el elemento de la debida fundamentación, derecho a la defensa y el derecho al acceso a la justicia, de la empresa a la que representa, el “Aserradero Guillet”, en mérito a que la autoridad demandada, en la emisión del Auto de Rechazo de 19 de abril de 2013, rechazó su recurso de alzada sin que analizara todos los argumentos expuestos en el recurso presentado, por lo que guardó silencio respecto a la prescripción y oposición a la ejecución tributaria por extinción de facultad de determinación de oficio, constituyéndose este en un acto arbitrario que vulnera derechos fundamentales. En consecuencia en revisión corresponde establecer si los hechos denunciados son evidentes, a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio de protección o cuando las vías idóneas pertinentes una vez agotadas no han restablecido el derecho lesionado, lo que significa que de no cumplirse con este requisito, no se puede analizar el fondo del problema planteado y, por tanto tampoco otorgar la tutela”
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. El debido proceso y el principio de congruencia en las resoluciones de alzada
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR en todo