SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1423/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1423/2014

Fecha: 07-Jul-2014

i)

Olga Díaz de Montesinos, por intermedio de su abogado, en audiencia manifestó lo siguiente: i) Los accionantes fueron notificados en Secretaría del Juzgado habiendo estampado su firma y otorgado plena conformidad a la Resolución 28/2013; ii) La apelación fue formulada a los siete días; es decir, fuera de término. Llama la atención que en la presente acción de amparo constitucional se denuncien vicios procesales en la notificación; sin embargo, en el recurso de apelación no observaron ninguna supuesta falencia que hubiera tenido la notificación; no obstante, aún hubiese habido ello, la notificación cumplió su objetivo, cual era poner en su conocimiento lo dispuesto, lo que dio lugar a que los accionantes puedan impugnar; y, iii) Se ratificó en el informe presentado por el Juez demandado y solicitó se deniegue la tutela, por cuanto no se transgredió ninguna norma procesal, mucho menos el debido proceso.