Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1432/2014
Fecha: 07-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante de la accionante denuncia la vulneración de los derechos a la defensa y al debido proceso, por cuanto la Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de Oruro, mediante Resolución 403/2013, ordenó la multa de Bs.800.- para su abogado y apoderado, la cual fue apelada y, rechazada por la citada autoridad por Resolución 416/2013, arguyendo que ésta decisión no es impugnable. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección
- Fragmento 11
- III.2.Sobre los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.3.La prueba en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR