SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1432/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1432/2014

Fecha: 07-Jul-2014

III.4. Análisis del caso concreto

         Establece el art. 29 del CPCo: “En los procedimientos ante juezas y tribunales de acciones de defensa serán aplicables las siguientes disposiciones: (…) 4 inc. e) Los documentos que contengan elementos de prueba…”, entendiendo éstos como los elementos de prueba suficientes que demuestren la existencia del acto y/o omisión denunciado de ilegal lo que además acreditará que en éste supuesto intervino la parte demandada.

         De la revisión de antecedentes, se advierte la inexistencia de la Resolución 403/2013, imposibilitando al Tribunal Constitucional Plurinacional verificar que la misma carezca de la fundamentación, y si la misma habría generado la lesión de los derechos citados, denunciados a través de la presente acción, inobservando que en materia constitucional la carga de la prueba reside en la parte accionante.

         Incumplimiento que debió ser observado por el Tribunal de garantías en la etapa de admisión de esta acción, a objeto de evitar que existan causas que imposibiliten su desarrollo posterior y se despliegue una actividad procesal innecesaria que concluya con la denegatoria de tutela, sin analizar ni resolver en el fondo de la problemática.