Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1507/2014
Fecha: 16-Jul-2014
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
Los accionantes denuncian la lesión de su derecho al debido proceso en sus vertientes de tutela judicial efectiva, justicia plural pronta, oportuna, sin dilaciones, y juez natural vinculado al juez de alzada; citando al efecto los arts. 115.I y II y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la legitimación activa
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR