Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1507/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.2.
II.2. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Gonzalo Jaime Burgoa contra Máximo Rosendo Gutiérrez Rojas y otros, los Vocales accionantes, formularon excusa, amparados en el art. 316 num. 6), 9), y 11) del CPP; la cual fue declarada legal, mediante Auto de Vista 51/2013 de 12 de agosto, emitido por Virginia Colque Calle y Beatriz Cortez Vásquez, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -ahora demandadas- (fs. 6 a 7 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la legitimación activa
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR