SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1511/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1511/2014

Fecha: 16-Jul-2014

II.3.

II.3.    Consta acta de “suspensión al Alcalde Municipal”, de 21 de septiembre de 2013, que señala que en el ampliado extraordinario convocado por las organizaciones sociales del municipio llevado a cabo en la Sub Central Cairoma el 31 de agosto de ese año, se habría suscrito un acta de compromiso de unidad; empero, los sectores minero, “agro” y otros comprometidos, se encontrarían enfrentados a causa del Alcalde Municipal, Pedro Pillco Conde -actualmente accionante-, por los malos manejos en su administración en cuatro obras; por lo que, acorde a sus usos y costumbres reconocidos por la Constitución y normas internas, el referido ampliado, tomó la determinación -de manera democrática a través de voto- de suspenderlo de sus funciones de manera inmediata; instruyendo al Concejo Municipal y al representante del Control Social a tomar las determinaciones como corresponde, y en caso de no ser acatadas y cumplir con todas las decisiones, se verán obligados a tomar otras determinaciones más drásticas, disponiendo en esa fecha la inhabilitación de dicho Alcalde, a administrar los recursos económicos, humanos y materiales, debiendo entregar rendición de cuentas e inventario de los bienes del Municipio.