Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1556/2014
Fecha: 01-Ago-2014
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Elena Esther Lowenthal Claros de Padilla, Sandra Molina Villarroel e Iván Sandoval Fuentes, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca y Crisóstomo Mancilla Paco, Juez de Instrucción Mixto cautelar de Poroma del mismo departamento, a pesar de su legal notificación cursante de fs. 26 a 30, no se presentaron a audiencia, ni presentaron informe alguno.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Obligación del tribunal de alzada de resolver fundada directamente el caso remitido en apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2°