SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1566/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1566/2014

Fecha: 01-Ago-2014

i)

Martha Isabel Jordan Cerball, a través de su representante legal mediante memorial cursante de fs. 76 a 77, refirió lo siguiente: i) El coaccionante interpuso en su contra, proceso ordinario de entrega de inmueble objeto de esta acción de defensa, el mismo que se encuentra en pleno trámite, razón por la cual, la presente acción de amparo constitucional, es improcedente por el principio de subsidiariedad; ii) El coaccionante presentó denuncia penal en su contra, la que se encuentra en proceso de investigación, siendo su objeto, el mismo de la presente acción tutelar; iii) No existe designación de autoridad judicial expresa, según lo establecen los arts. 343 y 346 del Código de Familia (CF), para que el coaccionante Alexis Ángel Angles Mercado, pueda actuar como tutor de su madre, por ello ésta, carece de legitimación activa para intervenir o ser representada en esta acción de amparo tutelar; por otro lado, tampoco participó en la suscripción del documento de supuesta venta definitiva; y, iv) Transcurrieron más de los seis meses establecido como plazo máximo para interponer la acción de amparo constitucional, el cual venció el 21 de diciembre de 2013; por ello, al ser extemporánea, solicitó su denegatoria.