SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1568/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1568/2014

Fecha: 01-Ago-2014

a)

Javier Medardo Serrano Llanos, Elisa Sánchez Mamani y Ana Adela Quispe Cuba, Magistrados de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia,  presentaron informe escrito que cursa de fs. 239 a 241, en el que refieren lo siguiente: a) Dentro del proceso sobre nulidad de documento público y privado, reivindicación de derecho propietario, cancelación de inscripción en DD.RR., y acción negatoria, seguido por el accionante contra Martha Toledo Cruz y Epifanía Irusta Luizaga, la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia mediante Auto Supremo 244, anuló obrados hasta la admisión de 4 de octubre de 2004 “fs. 95” inclusive, a efecto que se integre a la litis al Gobierno Autonomo Municipal de Warnes; sin vulnerar derecho alguno del accionante, toda vez que el AC 102 de 22 de marzo de 2013, constriñe que se omitió pronunciamiento respecto al reclamo de la inclusión en el proceso al referido Municipio, a “fs. 357” cursa certificación de la Unidad Legal del Gobierno Autónomo Municipal de Warnes de 23 de octubre de 2006, que describe que existe en archivo la carpeta referida al proceso de adjudicación municipal del bien inmueble ubicado en la Comunidad de Valle Sánchez con una extensión total de 4 800 m2, que fue entregada a favor de Martha Toledo Cruz, mediante RA 91/2003, homologada por el entonces Concejo Municipal mediante la OM 22/2003; y, b) La demanda fue interpuesta exclusivamente contra  Martha Toledo Cruz y Epifanía Irusta Luizaga, sin considerar que la sentencia que recaiga sobre la demanda también afectará indudablemente los derechos del Gobierno Municipal de Warnes, de ahí que correspondía al Juez aquo, integrar al litigio a los efectos del art. 194 del Código de Procedimiento Civil (CPC), al no haberlo hecho incumplió el mandato del art. 3 inc. 1) del mismo Código por permitir que el proceso se desarrolle con vicios, omisión que se encuentra sancionada con nulidad.