SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1568/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1568/2014

Fecha: 01-Ago-2014

I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante en audiencia, mediante su abogado ratificó los fundamentos de su demanda. Añadiendo refirió que adjuntaron en calidad de prueba la “Resolución Administrativa MAE 273/2001 de 28 de diciembre de 2011” (sic), mediante la cual el Alcalde a.i. de Warnes, Mario Cronembol Aponte, anuló la RA 091/2003, mediante la cual se había otorgado terrenos a la hoy tercera interesada y demandada, debido a que no cumplió requisitos formales, por lo que es claramente perceptible que el Gobierno Autónomo Municipal de Warnes tenía conocimiento del proceso y no demostró que tuviera algún derecho propietario sobre los terrenos objeto del litigio y no es posible que por medio de una acción de amparo se pretenda incorporar al litigio al municipio de Warnes.

Con derecho a la réplica refirió, que es cierto que ha ampliado la demanda  contra el Gobierno Autónomo Municipal de Warnes del departamento de Santa Cruz, para no permitir el despojo de su propiedad; dicho Municipio en ningún momento ha demostrado derecho propietario sobre el terreno objeto de la litis y desde ningún punto de vista esto ha sido consentido por su persona.