SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1598/2014
Fecha: 19-Ago-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de demanda y ampliando, señaló: Revisado el cuaderno de control jurisdiccional presentado en la acción de libertad, consta la Resolución de rechazo de la denuncia interpuesta en su contra, en un momento en que el daño ya estaba hecho. La parte querellante presentó otra recusación contra el Juez cautelar lo que motivó el incumplimiento, por eso se vulneró el debido proceso, ya que las personas procesadas están siendo perseguidas incluyéndole a él como abogado, hechos que repercutieron en la prensa nacional, pues un grupo de personas cerraron la Fiscalía, buscando a las personas involucradas para hacer justicia por su propia mano.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1.Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- únicamente está destinado a la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y, por lo mismo, de ninguna manera implica limitar la posibilidad que tiene el aprehendido de acudir con su reclamo ante el juez cautelar de turno a efecto que dicha autoridad se pronuncie sobre la legalidad formal y material de su aprehensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR