SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1607/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1607/2014

Fecha: 19-Ago-2014

segundo lugar,

Similar entendimiento fue asumido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente 8662-2006-PHC/TC, al señalar que el derecho al juez natural supone:”… dos exigencias: en primer lugar, que quien juzgue sea un juez o un órgano que tenga potestad jurisdiccional, garantizándose así, la interdicción de ser enjuiciado por un juez excepcional o comisión especial y, en segundo lugar, que la jurisdicción y competencia del juez sean predeterminadas por la ley, por lo que la asignación de competencia judicial necesariamente debe haberse establecido con anterioridad al inicio del proceso, garantizándose así que nadie pueda ser juzgado por un juez ex post facto o por un juez ad hoc”.