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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1632/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1632/2014

    Fecha: 19-Ago-2014

    3°  Disponer

    3°  Disponer que las autoridades demandadas, una vez notificadas con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dicten un nuevo auto de vista considerando los fundamentos expresados en la presente Resolución, salvo que la situación jurídica de la accionante, se hubiese modificado, ello en atención al carácter provisional de las medidas cautelares.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • c)
    • III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • es
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • i)
    • REVOCAR en parte
    • 2°  DENEGAR
    • 3°  Disponer

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