Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1632/2014
Fecha: 19-Ago-2014
Fragmento 12
En cuanto a la dilación en la tramitación del recurso de apelación incidental, cabe precisar que la accionante, debió denunciar las supuestas ilegalidades previamente al pronunciamiento del Auto de Vista 06/2014, que resolvió en apelación su solicitud de consideración de cesación a la detención preventiva; toda vez que, si habría existido cualquier tipo de demora en el proceso, ésta ya fue evidentemente superada con el pronunciamiento del referido Auto, independientemente a la responsabilidad disciplinaria que se podría haber generado; aspecto que en el presente caso, impele a denegar la tutela por pronto despacho respecto a esta parte de la denuncia.