Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1684/2014
Fecha: 29-Ago-2014
II.1.
II.1. Mediante Resolución 769/13 de 26 de noviembre, Milenka Gutiérrez, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra David Mamani Huampu -hoy accionante-, por la presunta comisión del delito de violación a niño, niña y adolescente, dispuso la detención preventiva del accionante, a ser cumplida en el penal de San Pedro de La Paz, en aplicación del art. 233 del CPP y al no haberse desvirtuado los riesgos procesales previstos en los arts. 234.1 en cuanto al domicilio 2, 5 y 10, 235 1 y 2 del citado Código (fs. 40 a 44).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- indebidamente
- III.2. Sobre el principio de celeridad en los procesos penales
- En ese contexto y con la finalidad de cumplir en su real magnitud el mandato inserto en el art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y para consagrar en el Estado Plurinacional de Bolivia una garantía jurisdiccional efectiva, la jurisprudencia emanada del máximo contralor de derechos fundamentales, en una interpretación extensiva del citado art. 125 de la CPE, a través de la SC 0044/2010-R de 20 de abril, tipificó las diversas modalidades de la acción de libertad, disciplinando de manera específica la acción de libertad expeditiva o de pronto despacho.
- En este orden, en una interpretación acorde con el bloque de constitucionalidad imperante y en el marco del objeto de protección de la denominada acción de libertad expeditiva o de pronto despacho, es preciso establecer que la activación de este mecanismo tutelar, para su eficacia, no necesita el agotamiento previo de mecanismos intra-procesales de defensa y puede ser interpuesta de manera directa por los afectados o cualquier persona a su nombre cuando su libertad física o de locomoción se encuentre afectada por dilaciones indebidas provocadas por autoridades públicas o particulares.
- III.3. Procedimiento del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR