Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1703/2014
Fecha: 01-Sep-2014
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante, denuncia como lesionados sus derechos a la libertad, a la locomoción, al debido proceso y a los principios de legalidad y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 125, 126, 127, 225 de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos(DUDH) y “25.7” de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y el rol de juez encargado del control de la investigación
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR