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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1732/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1732/2014

    Fecha: 05-Sep-2014

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • deniega
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La prohibición de activación paralela de una acción de libertad con identidad de sujetos, objeto y causa
    • la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un acto temerario que pretende lograr una duplicidad de fallos sobre un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías
    • III.2. La inviabilidad de la interposición de una nueva acción tutelar contra decisiones emitidas por la jurisdicción constitucional
    • los Recursos de Amparo Constitucional y Hábeas Corpus, son inimpugnables e irrevisables por vía jurisdiccional alguna, ni siquiera a través de las acciones tutelares
    • por lo mismo contra las resoluciones adoptadas por el Tribunal no procede ningún recurso ulterior alguno, excepto la aclaración, enmienda y complementación que podrá ser efectuada por el propio Tribunal Constitucional, de oficio o a instancia de parte
    • contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.3.1. Con relación al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Carlos Guerrero Arraya
    • III.3.2. En cuanto a los miembros del Tribunal de garantías demandados
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