Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1753/2014
Fecha: 05-Sep-2014
Fragmento 13
El accionante refiere que planteó incidente de nulidad por defectos absolutos; asimismo, con el fin de demostrar la gravedad de su estado de salud, solicitó día y hora de la posesión del perito cardiólogo propuesto; sin embargo, el Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, incurrió en dilaciones indebidas al negarle lo solicitado sin fundamentación alguna; no obstante a ello, ante el pedido de la parte acusadora dispuso la conformación de una junta forense a efectos de valorar su estado de salud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los representantes del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- cuando el estado de salud de una persona se halle deteriorado y exista una amenaza a su vida, todo servidor público o autoridad, debe tramitar cualquier solicitud relacionada con estos derechos, con la mayor celeridad posible, para no generar una situación de peligro que ponga en riesgo el derecho a la vida
- CONFIRMAR