SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1754/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1754/2014

Fecha: 05-Sep-2014

se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino,

El art. 11 de la LDJ, establece que: “El ámbito de vigencia territorial se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino, siempre y cuando concurran los otros ámbitos de vigencia establecidos en la Constitución Política del Estado y en la presente Ley” (las negrillas son nuestras), en la especie, los hechos  se produjeron dentro del ámbito de la comunidad indígena originaria campesina de Vilaque Huaripampa (Conclusión II.5. de la presente Resolución), que determina el cumplimiento de este presupuesto.