SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1809/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1809/2014

Fecha: 19-Sep-2014

hallan cobijo dentro del ámbito protectivo de esta modalidad de hábeas corpus, la ilegal imposición de sanciones disciplinarias

           En ese sentido, por medio la acción de libertad correctiva según la ya citada SC 1579/2004-R, '…se garantiza el trato humano al detenido, establecido en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos. La base legal de este tipo de hábeas corpus, la encontramos en el art. 89 de la LTC, que amplía los alcances protectivos de esta garantía, al referirse a otras 'violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas…'. Conforme a esto, una de las formas en que se manifiestan estas violaciones vinculadas a la libertad, está la referida al agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado. Por tanto, hallan cobijo dentro del ámbito protectivo de esta modalidad de hábeas corpus, la ilegal imposición de sanciones disciplinarias o el traslado también ilegal de una penitenciaría a otra; pues, al agravar arbitrariamente las condiciones de la detención, restringen con mayor intensidad la libertad personal de los detenidos”. (las negrillas son nuestras)

           En ese marco, la acción de libertad correctiva está llamada a reparar y corregir aquellas vulneraciones efectuadas contra personas que si bien se encuentran legalmente privadas de libertad ya sea como detenidos preventivos o en cumplimiento de una sentencia condenatoria ejecutoriada, su condición es agravada debido a los actos vulneratorios cometidos contra ellos.