SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1934/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1934/2014

Fecha: 25-Sep-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes a través de su abogado, ratificaron íntegramente el contenido del memorial de su demanda, y ampliando la misma señalaron: que la acción de amparo constitucional se dirige contra dos Resoluciones emitidas por el ex Fiscal Departamental de Oruro, Francisco Terán Pérez, el cual fue destituido del cargo; por lo que, en cumplimiento de la jurisprudencia constitucional, la presente acción se dirige también contra la nueva autoridad, Orlando Riveros Baptista, cuando se produce la cesación en el cargo. Asimismo, señalan que los fallos emitidos por la autoridad demandada, no están fundamentadas de manera coherente y congruente, entre la parte considerativa y la parte dispositiva, no existiendo el nexo causal que debe existir entre ambas.

En su derecho a la réplica, respecto a lo expresado por el Ministerio Público, que sería aplicable el principio de subsidiaridad, refiere que no es posible plantear un incidente de actividad procesal defectuosa, porque no se trata de una Resolución que llega a competencia del Juez cautelar, pues es jerárquica y específica del Ministerio Público, que resuelve si decide perseguir una acción penal, en la cual, la autoridad jurisdiccional no puede intervenir.