SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015-S3

Fecha: 05-Ene-2015

denegó

La Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 024/2014 de 12 de junio, cursante de fs. 66 a 67, denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: a) Se señala que existiría una demora en la tramitación de la cesación a la detención preventiva por parte del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, pero no especificó de manera expresa cual sería ese acto dilatorio que lesiona sus derechos; b) Se “hace referencia a un indebido proceso e indebida detención empero…” (sic), de los antecedentes que cursan en el cuaderno procesal se tiene que existe una imputación formal y una detención preventiva dispuesta por autoridad competente; c) Con relación a la falta de notificación y abandono de la querella, estos son asuntos que deben ser resueltos por el Juez de la causa; d) La prueba adjunta a la presente acción, no demuestra nada con relación a la dilación en la programación de la audiencia cautelar denunciada o que evidencien los motivos de las suspensiones de audiencias supuestamente indebidas; e) De la fundamentación realizada no se explica de manera clara cuál sería los actos indebidos en que hubiera incurrido el Fiscal de Materia; y, f) La falta de notificación a los otros dos demandados, al no indicarse claramente de qué forma hubieran limitado el derecho a la libertad y al ser irrelevante su presencia para la resolución de la presente problemática, queda claro que no se puede llegar a realizar conjeturas sin probar las mismas.