SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015-S3
Fecha: 05-Ene-2015
denegó
La Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 024/2014 de 12 de junio, cursante de fs. 66 a 67, denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: a) Se señala que existiría una demora en la tramitación de la cesación a la detención preventiva por parte del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, pero no especificó de manera expresa cual sería ese acto dilatorio que lesiona sus derechos; b) Se “hace referencia a un indebido proceso e indebida detención empero…” (sic), de los antecedentes que cursan en el cuaderno procesal se tiene que existe una imputación formal y una detención preventiva dispuesta por autoridad competente; c) Con relación a la falta de notificación y abandono de la querella, estos son asuntos que deben ser resueltos por el Juez de la causa; d) La prueba adjunta a la presente acción, no demuestra nada con relación a la dilación en la programación de la audiencia cautelar denunciada o que evidencien los motivos de las suspensiones de audiencias supuestamente indebidas; e) De la fundamentación realizada no se explica de manera clara cuál sería los actos indebidos en que hubiera incurrido el Fiscal de Materia; y, f) La falta de notificación a los otros dos demandados, al no indicarse claramente de qué forma hubieran limitado el derecho a la libertad y al ser irrelevante su presencia para la resolución de la presente problemática, queda claro que no se puede llegar a realizar conjeturas sin probar las mismas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- denegó
- 1.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2.1. Sobre el procesamiento indebido
- III.2.2. Sobre las denuncias realizadas contra el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal
- Fragmento 14
- III.2.3. Otras consideraciones
- 2°