SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S2

Fecha: 05-Ene-2015

II.4.

II.4.    Concluida la audiencia, el Tribunal de alzada en aplicación del art. 251 del CPP, pronunció el Auto de Vista 139 de 2 de junio de 2014 y resolvió confirmar parcialmente la Resolución venida en grado de apelación de 29 de abril de 2014, dictada por la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal, manteniéndose la detención preventiva de la imputada ahora accionante; y en la vía de complementación y enmienda, los Vocales determinaron que, una vez que se evalúe y certifique por el médico forense, el estado de salud de la imputada, el mandamiento de detención preventiva podría hacerse efectivo (fs. 24 vta., a 27 vta.).