Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015-S1
Fecha: 29-Ene-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La parte accionante señala lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, de acceso a la justicia, a la libertad, a ser juzgado sin dilaciones indebidas; y, los principios de dirección judicial del proceso, seguridad jurídica, legalidad y celeridad; citando al efecto los arts. 24, “64”, 115, “120”, 178.I, 180.I “125” y “126” de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; XXVI de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ;
- Fragmento 16
- III.2.
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2° DISPONER