Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015-S3
Fecha: 05-Ene-2015
II.2.
II.2. Por Resolución Administrativa RA-DN-UCSS 002/2008 de 21 de julio, el Director Nacional a.i. del INRA, alegando la existencia de vicios e irregularidades en la ejecución del proceso, anuló obrados en el proceso de SAN-SIM de oficio correspondiente al polígono 106 “Convenio Comunidades San Javier” (fs. 440 a 443), notificándose a la comunidad “Villa Nazareth” el 24 del mismo mes y año (fs. 445).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. El principio de legalidad y su relevancia en el ámbito administrativo
- III.2. Eficacia de las notificaciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR