SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

a)

El abogado de los accionantes, ratificó los argumentos expuestos en la demanda y ampliándola, señaló que: a) Ambos fueron expulsados en forma definitiva, aplicándoseles la sanción máxima que contiene el estatuto base, sin tomar en cuenta el art. 51.VI de la CPE, que indica que en la actividad sindical, un dirigente no puede ser disminuido en el ejercicio de sus derechos sociales; y, b) En base al art. 19 del estatuto, que regula el procedimiento de la denuncia, debía hacérseles conocer la misma, aspecto que no sucedió, restringiéndose por ello sus derechos a la defensa, pues no conocieron el tenor de la denuncia para poder defenderse .