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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2015-S3

    Fecha: 16-Ene-2015

    Resuelve Primero

    De conformidad al Acuerdo Administrativo TCP-AL-SP-065/2014 de 5 de diciembre, que en el Resuelve Primero, dispone el receso de actividades del Tribunal Constitucional Plurinacional del 22 de diciembre de 2014 al 2 de enero de 2015, con suspensión de plazos procesales; a cuyo efecto, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro del plazo.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • Resuelve Primero
    • II.1.
    • II.1.1.
    • II.1.2.
    • II.1.3.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela.
    • de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas:
    • III.2. Alcances de protección del proceso contencioso administrativo en relación a la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 17
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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