Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2015-S3
Fecha: 30-Ene-2015
II.2.
II.2. El certificado médico forense expedido por Rita Fernández Sullcani, Médico Forense, el 21 de enero de 2014, en el cual recomienda realizar control y tratamiento por especialidad de gastroenterología (fs. 27). Por otro lado, Virginia Berdeja Amatller, médico gastroenteróloga, por informe evacuado el 17 del mismo mes y año, respecto a la salud del accionante emitió diagnóstico de gastritis fundica y gastritis superficial antral, indicando tratamiento con omeprazol y claritromicina, así como dieta blanca sin irritantes (fs. 27a 28).
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La valoración objetiva e integral de los elementos probatorios en la cesación de detención preventiva al amparo del art. 239.1 del CPP por el Tribunal de alzada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR