Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
II.5.
II.5. Por nota de 23 de marzo de 2015, Victor Hugo Santa Cruz Carrasco, delegado del MNR, hace conocer al Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba la lista de reemplazos de sus candidatos que fueron inhabilitados entre los que se encuentra Oscar López Rojas, quien sustituye a Lucio Villazón Gonzales ( fs. 149 a 164).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- la persona que ha podido sufrir una vulneración a algún derecho fundamental, atendiendo a razones particulares, puede consentir de manera expresa la lesión o amenaza a esos derechos, o simplemente adoptar una posición pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR