Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0930/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 39 de 12 (lo correcto es 19) de febrero de 2015, cursante de fs. 142 a 145; pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ronald Eduardo Amelunge Paz en representación legal de la empresa REDES DE SERVICIOS INTEGRADOS S.A. (RED.S.I.S.A.) contra Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo a. i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- la SC 1079/2010-R de 27 de agosto, determinó de manera clara que los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional; así la SC 0680/2006-R de 17 de julio, en lo pertinente señaló lo siguiente:
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR