SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

a)

Los accionantes a través de su abogado, ratificaron el tenor integro de la acción de amparo constitucional y ampliando la misma, manifestaron que: a) Cuentan con personería jurídica, por lo que solicitaron a la FEDEPACO procedan con su afiliación, ya que cumplieron con todos los requisitos del Estatuto Orgánico en su art. 40 con relación al art. 3 del Reglamento; b) Al no obtener respuesta, no pudieron plantear recurso alguno, ya que los mismos no se encuentran insertos en el Reglamento ni el Estatuto, por lo que realizaron gestiones ante diferentes organizaciones y todos ellos les informaron que no existe norma que les obligue a afiliarlos, lo que les motivo  acudir ante el Ministerio de desarrollo Productivo, entidad donde el Viceministro, les indicó que solo tienen un convenio con la Confederación Nacional y las Federaciones Departamentales de panificadores de forma interinstitucional; y, c) La FEDEPACO, desconoció su asociación que cuenta con personería jurídica, al indicarles que pueden afiliarse de forma individual a las asociaciones ya existentes, haciendo prevalecer esa costumbre sin respaldo alguno de norma legal.