SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2015-S3

Fecha: 06-Oct-2015

Fragmento 3

De la certificación emitida por la Secretaria del Juzgado Primero de Sentencia Penal mencionado, se tiene que el recurso que presentó fue remitido a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -ahora demandada- el 23 de junio de 2014, constando la misma en el libro de ingreso de esa Sala, siendo sorteado para la emisión de la correspondiente resolución el 8 de agosto de 2014 -al Vocal, Bernardo Bernal Callapa-; empero, a pesar de que la norma -art. 406 del Código Procedimiento Penal (CPP)- previene que el mismo debe ser resuelto en el plazo de diez días, en el caso fue radicado y posteriormente sorteado, transcurriendo seis meses y veintiún días, desde que se designó magistrado relator, sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa se haya emitido Auto de Vista por las autoridades demandadas.