Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0964/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
II.4.
II.4. A través del Auto Supremo 0001/2014 de 15 de septiembre, las autoridades codemandadas, Vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, bajo el fundamento que el conjunto de hechos y la valoración de la prueba fueron debidamente tomadas en cuenta por el juzgador y luego por la Jueza de Partido de Familia, que permitió descubrir la verdad material del presente caso, conforme los arts. 271 inc. 2) y 273 del CPC, declararon infundado el recurso de casación en el fondo, interpuesto por los nombrados accionantes (fs. 543 a 548).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- Fragmento 17
- III.4.
- Fragmento 19
- III.5.
- III.6. Análisis en el caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR en todo