SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2015-S1
Fecha: 19-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La empresa accionante a través de su representante legal alegó que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación y a la defensa con la emisión del AS 018/2014 de 26 de agosto, respecto de la interpretación literal conforme al art. 8.I del CTB, sobre el art. 131 de la LOFA, cuando en una interpretación extensiva, esta norma le favorece, aplicándose en consecuencia a su favor la exención del pago de tributos IVA, IT e IUE, emergentes del contrato suscrito con el Ministerio de Defensa, como consecuencia de lo que también se encontraría liberada del pago de las multas y sanciones de las conductas calificadas como evasión y omisión de pago.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- I.3.2.
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso, en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones
- derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- III.2 Análisis del caso concreto.
- CONFIRMAR