SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2015-S1
Fecha: 19-Oct-2015
III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
La SCP 0664/2015-S1 de 22 de junio, respecto a la acción de libertad de pronto despacho reitera que: "Al respecto, la SCP 0995/2014 de 5 de junio, estableció que: 'En ese entendido, en la SC 0465/2010-R de 5 de julio, en su Fundamento Jurídico III.3, concluyó que: «…los tipos de hábeas corpus precedentemente aludidos, también pueden ser identificados en la nueva Ley Fundamental, e inclusive ampliados. Así dentro de la tipología desarrollada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional citada líneas precedentes, se agregó el hábeas corpus restringido, el hábeas corpus instructivo y al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho. (SC 0044/2010-R de 20 de abril).
Conforme la doctrina constitucional sentada por este Tribunal, por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad».
Siguiendo con el entendimiento jurisprudencial desarrollado por la citada SC 0465/2010-R, en su Fundamento Jurídico III.4, señaló: «Para la concreción del valor libertad, el principio celeridad y el respeto a los derechos, se ha previsto una acción de defensa específica que coadyuve para que los mismos no se vean afectados por actos lesivos y en caso de que así fuera, se puedan restituir a su estado natural, en especial tratándose de derechos fundamentales».
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- la suspensión de audiencia se constituye en la EXISTENCIA DE DILACIONES INDEBIDAS, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Sobre la solicitud de cesación de la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR