SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0992/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0992/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

a)

Hermógenes Chiguanto Quimo, Jenny Guasinave Moreno y Claudia Ramos Meza, miembros del Tribunal Disciplinario del Distrito de Educación de Cobija, por intermedio de su abogado, en audiencia manifestaron lo siguiente: a) Sin tocar el fondo del contenido de la acción, previamente se debe agotar el principio de subsidiaridad,  ya  que  existen  actos  administrativos que no fueron atendidos; b) Respecto a la norma aplicable, es el reglamento de faltas y sanciones; c) En relación con la conformación del tribunal disciplinario, quedó sin efecto por otra norma superior, el reglamento de organización y funciones de las juntas escolares; lamentablemente, no se cuenta con personas con conocimiento para formar un tribunal; d) Respecto al debido proceso, el reglamento de faltas y sanciones, faculta instaurar procesos por las faltas previstas, entre ellas, el acoso, tipificada como falta muy grave, sancionándose en la vía disciplinaria, diferenciándose  la  responsabilidad  penal  y  administrativa,  conforme  las  SSCC 0059/2002 y 0372/2005; e) El accionante fue suspendido con goce de haberes y se está dentro del término para que se presenten pruebas de cargo y de descargo; y, f) El proceso disciplinario se abrió por una falta muy grave, no por un delito.