SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituido en Tribunal de garantías por Resolución 07/2015 de 21 de abril, cursante de fs. 148 a 155, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) La jurisdicción constitucional por regla general, no puede ingresar a revisar lo resuelto en la justicia ordinaria, siendo esa la línea contenida en la jurisprudencia constitucional como en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0255/2014 y 0695/2012; ii) Se estableció una excepción a la regla,  para que se pueda verificar la vulneración de derechos, previo cumplimiento de tres requisitos, tal como se explica en la SCP 0939/2012; y, iii) Se llegó a la conclusión de que no se puede analizar el fondo de la acción planteada, puesto que se evidenció que el Auto de Vista 39/2015, emitido por las autoridades demandadas, no vulneró el debido proceso ni los principios de legalidad y seguridad jurídica, puesto que el mismo se efectuó dentro de las normas que rigen el proceso penal y en el marco de la legalidad y razonabilidad.