SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

II.4.

II.4.  El 6 de marzo de 2015, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitieron el Auto de Vista de la apelación incidental 39/2015, mediante el cual fue declarado parcialmente a lugar, rechazando la excepción de extinción de la acción penal con relación al delito de incumplimiento de deberes contra el imputado y declarando la extinción penal por prescripción conforme al art. 29 inc. 3) del CPP, por el mismo delito a favor de Alejandro Roda Rojas, el mencionado Auto de Vista, realizó una explicación sobre los antecedentes para luego proceder a realizar un desglose de los agravios de los apelantes realizando luego las consideraciones respectivas sobre la normativa y doctrina aplicable relativa a la prescripción de los delitos, los plazos y reglas para su cómputo, llegando a concluir que al no existir declaratoria de rebeldía alguna contra Alejandro Roda Rojas, correspondía declara la extinción puesto que desde la fecha de la comisión del delito a la fecha de interposición del incidente habrían transcurrido notoriamente más de los tres años, que establece la normativa procesal penal vigente (fs. 36 a 40).