SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2015-S3

Fecha: 12-Oct-2015

II.1.

II.1.  Mediante Auto interlocutorio 59/2015 de 24 de marzo, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Pando, de acuerdo al art. 233.1 y 2 del CPP, dispuso la detención preventiva de Juan Carlos Gonzales Amacifuen -ahora accionante-, por la concurrencia de los peligros procesales de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234.1, 2 y 10; y, 235.2 del CPP. Al finalizar la audiencia el ahora accionante y el Fiscal de Materia interpusieron recurso de apelación incidental contra dicha determinación, refiriendo el representante del Ministerio Público que el motivo de su apelación se debía al rechazo del riesgo procesal contenido en el art. 234.6 del CPP -que amplió en audiencia, respecto a que el imputado tiene sentencia condenatoria en otro proceso-, pero que no fue considerado en dicho acto procesal (fs. 47 a 49).