Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 06/2015 de 30 de abril, cursante de fs. 25 a 26 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jaime Arturo Campos Chauca y Ernesto Capcha Mezones contra Milenca Rodas Patiño, Fiscal de Materia; Juan Carlos Ramos Rocabado, Director Departamental; José Vladimir Balderrama Miguel, investigador ambos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Santa Cruz; y, Herme Wilmer Justiniano Antelo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- improcedencia
- II.1.
- II.3.
- III.
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR