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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2015-S3

    Fecha: 12-Oct-2015

    I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

    Celebrada la audiencia pública el 30 de abril de 2015, según consta en el acta cursante de fs. 24 a 25, encontrándose presente José Vladimir Balderrama Miguel, investigador asignado al caso y el Asesor legal de la FELCC de Santa Cruz, ausentes la parte accionante, y la Fiscal de Materia demandada, se produjeron los siguientes actuados:

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • improcedencia
    • II.1.
    • II.3.
    • III.
    • todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión  de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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