Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2015-S3
Fecha: 29-Oct-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante señala como lesionados sus derechos al juez natural, al debido proceso en su vertiente motivación, a la defensa, al sufragio para elegir y ser elegido, al trabajo y a la salud; citando al efecto los arts. 26.II, 36.I, 38.II, 46, 47, 115.II, 117.I, 119.II y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- .
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2015-S3
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Conocer y resolver todos los asuntos que no estén dentro de las competencias de los otros órganos de gobierno de la Cooperativa
- a fin de que la Asamblea General de socios resuelva
- III.3. Análisis del caso concreto
- previa justificación fundada
- CONFIRMAR