SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

1)

Andrés Leonardo Ramos Aliaga, a través de su abogada, manifestó que: 1) Dentro del proceso penal seguido en su contra se interpuso recusación contra el Juez Orlando Rojas, recurso debidamente probado y fundamentado, el cual, considerado por la Sala Penal Primera, fue declarado probado y se ordenó la separación de la mencionada autoridad del presente caso; 2) Los agravios no fueron ejercidos directamente contra el ahora accionante, en todo caso quien debería accionar la presente acción es el Superior recusado; 3) Jamás se dejó sin un juez de garantías; ya que, inmediatamente separado de la causa, la autoridad recusada pasó el cuaderno de control jurisdiccional a su similar noveno, por lo que no se le dejó en estado de indefensión, siendo el titular de dicho juzgado quien estaba viendo su caso y es la autoridad competente ante quien podía acudir para cualquier situación; 4) El art. 52 del CPP, establece que la presente acción deberá ser interpuesta por toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén restringidos, suprimidos y amenazados, y en el presente caso, no se ha demostrado que derechos fueron restringidos; 5) Al presentar la recusación, no se lo dejó en estado de indefensión, ni sin un juez natural y el proceso siguió su curso de acuerdo a procedimiento; 6) Al no tener legitimación activa y no haber fundamentado de manera clara qué derechos y garantías se lesionaron directamente, solicitó se deniegue la tutela solicitada; y en consecuencia, se deje firme y subsistente la resolución objeto de la presente acción; y, 7) Además que, dentro del proceso penal se llegó a un acuerdo transaccional y cumpliendo el mismo, se encontraban a puertas de un desistimiento.