Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL.0929/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Especializada Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 13 de 12 de marzo de 2015, cursante de fs. 59 a 60, pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en los mismos términos del Tribunal de garantías.
- “…Por lo que la empresa determina que a partir de la fecha 30/07/2014, cesará en sus Funciones por razones de Reestructuración Administrativa,…”
- a)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.Protección constitucional relativa a personas con discapacidad
- 4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna...
- III.4.Respecto al derecho al trabajo y la inmovilidad laboral de las personas con discapacidad
- estabilidad laboral
- III.5.Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR