AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2015-RCA

Fecha: 16-Nov-2015

I.

El accionante a través de su representante, consideró que el fallo emitido por el Tribunal de garantías no es correcto; ya que el plazo para el cómputo del principio de inmediatez, debe considerarse desde la notificación con la resolución declarada ilegal. En calidad de tercerista dentro del proceso coactivo nunca se le hizo conocer el Auto de 12 de enero de 2015, ya que se diligenció a los demandados y la entidad coactivante, aspecto que no podría ser considerado, habiéndose enterado recientemente de tal extremo; por lo que pide que tal decisión sea revocada y admitida la demanda.