AUTO CONSTITUCIONAL 0404/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0404/2015-CA

Fecha: 09-Nov-2015

Fragmento 12

Consiguientemente, la acción planteada no contempla las condiciones establecidas en el Fundamento Jurídico II.3 de este fallo, que esgrime, el deber de argumentar y fundamentar, de qué forma las normas impugnadas son contrarias a la Ley Fundamental; es decir, que esta acción constitucional debe ser rechazada cuando carezca de absolutos fundamentos jurídico constitucionales, así lo establece el art. 27.II inc. c) del CPCo, y que fue reiterado en los Autos Constitucionales 0041/2015-CA, 167/2014-CA entre otros.