Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1065/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
II.2.
II.2. Por Resolución 166/2014 de 22 de diciembre, emitida por el Honorable Consejo Universitario de la UTO, por la que se anuló el Proceso de Admisión Docente de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo hasta el vicio más antiguo, que resulta ser la falta de sesión del Honorable Consejo Facultativo (fs. 47 a 48).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR